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    <identificador>BOCM-20110517-107</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/05/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 1. Juicio de faltas 284 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>115</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 107 
 Juicio de faltas 284 de 2010 
  Doña Virginia Marta González Granado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 284 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés, a 21 de marzo de 2011..Vistos por mí, don Francisco Javier Peñas Gil, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés, los presentes autos de juicio de faltas número 284 de 2010, seguidos por la presunta falta de estafa, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Javier Céspedes Martín, y como denunciado, don Constantín Troaca, he venido a dictar la presente resolución a la que sirve de base el siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Constantín Troaca, como autor responsable de la falta descrita, a la pena de un mes de multa, a razón de 8 euros/día, totalizando la cantidad de 240 euros, o caso de impago, y previa declaración de insolvencia, quince días de privación de libertad subsidiaria, a cumplir en el centro penitenciario correspondiente, así como al pago de las costas surgidas en este juicio.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Constantín Troaca, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 4 de abril de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/15.441/11)</texto>
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