<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110418-239</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/04/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 31. Demanda 1.633 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>91</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-04-18-91010420110108</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/18/BOCM-20110418-239.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/18/BOCM-20110418-239.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/18/BOCM-20110418-239.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 239 
 Demanda 1.633 de 2010 
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.633 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Hidalgo Chamizo, contra doña Alexandra Patricia Suárez Treviño, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Mónica Hidalgo Chamizo, debo condenar y condeno a doña Alexandra Patricia Suárez Treviño a abonar a la parte actora la cuantía de 485,68 euros brutos en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora. Y que debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Alexandra Patricia Suárez Treviño, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/11.815/11)</texto>
</documento>