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– Resolución de 30 de marzo de 2011, por la que se acuerda publicar la notificación a don Rafael Carrasco Rodrigo, relativa al expediente ACV 159/10-01</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 Resolución de 30 de marzo de 2011, por la que se acuerda publicar la notificación a don Rafael Carrasco Rodrigo, relativa al expediente ACV 159/10-01. 
  Intentada sin efecto la notificación a don Rafael Carrasco Rodrigo, relativa al expediente ACV 159/10-01, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
  «Ha tenido entrada, con fecha 3 de febrero de 2011, en este Área de Recursos e Informes su escrito en el que solicita la suspensión del plazo para interponer recurso potestativo de reposición.
  El artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece “El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Transcurridos dichos plazos, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión”.
  El plazo para la interposición de un recurso administrativo se trata de un plazo de caducidad improrrogable y de imposible suspensión, no susceptible de ser ampliado artificialmente por el arbitrio de las partes (auto 159/1996 del Tribunal Constitucional).
  Sobre las demás cuestiones planteadas en su solicitud le informamos que damos traslado de su escrito al Área de Subvenciones de Rehabilitación, Unidad competente en la tramitación de los expedientes de Ayuda de Accesibilidad en Interior de Vivienda».
  Madrid, a 30 de marzo de 2011..El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
  (03/13.636/11)</texto>
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