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    <identificador>BOCM-20110418-115</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DEL ESTE DE MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/04/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales del Este de Madrid. Organización y funcionamiento. Modificación estatutos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>91</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DEL ESTE DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DEL ESTE DE MADRID 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 115 
 Modificación estatutos 
  En la Secretaría de esta Mancomunidad, y conforme disponen los estatutos de la misma en el artículo 19.2, se encuentra expuesto al público por el plazo de un mes el acuerdo inicial que modifica el artículo 22.3 de los estatutos de la Mancomunidad, aprobado por mayoría absoluta en la Junta de Gobierno de la Mancomunidad celebrada en la sesión extraordinaria del día 21 de diciembre de 2010, según el texto siguiente:
  “La Entidad o Entidades que pretendan separarse deberán hacerse cargo, en la proporción que les corresponda, de los créditos vigentes en ese momento, así como de la subrogación de los contratos del personal de la Mancomunidad que fuera necesario reducir por tal separación, en la misma proporción que su porcentaje de aportación en el momento de la separación. En el caso de que la Entidad o Entidades separadas decidan rescindir los contratos del personal que les corresponda, se harán cargo del total de los gastos e indemnizaciones derivadas de los despidos.”
  Campo Real, a 1 de febrero de 2011..La presidenta, Concepción Guerra Delgado.
  (03/13.065/11)</texto>
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