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    <identificador>BOCM-20110416-55</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Navalcarnero número 3. Juicio de faltas 161 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>90</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 55 
 Juicio de faltas 161 de 2009 
  Doña Montserrat González Fernández, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Navalcarnero.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 161 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Navalcarnero, a 15 de septiembre de 2010..Vistos por mí, doña María Teresa Abad Arranz, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Navalcarnero y su partido judicial, los autos del presente juicio de faltas número 161 de 2009, incoados por una presunta falta de vejaciones injustas de carácter leve del artículo 620.2 del Código Penal, siendo denunciante don Ricardo Garoz Díaz, denunciada doña Josefa Mora Merino, con documento nacional de identidad número 52.103.106, nacida en Madrid el 31 de marzo de 1969, hija de José y Josefa.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Josefa Mora Merino, con documento nacional de identidad número 52.103.106, nacida en Madrid el 31 de marzo de 1969, hija de José y Josefa, como autora penalmente responsable de una falta de vejaciones injustas de carácter leve del artículo 620.2 del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de quince días, con una cuota diaria de 5 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal de hasta siete días de privación de libertad en caso de impago, así como al pago de las costas procesales, en su caso.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Josefa Mora Merino y don Ricardo Garoz Díaz, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 18 de febrero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/12.036/11)</texto>
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