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    <titulo>Navalcarnero número 3. Juicio de faltas 116 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 37 
 Juicio de faltas 116 de 2009 
  Doña Montserrat González Fernández, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Navalcarnero.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 116 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Navalcarnero, a 5 de marzo de 2009..Vistos por mí, doña María Teresa Abad Arranz, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Navalcarnero y su partido judicial, los autos del presente juicio de faltas número 116 de 2009, incoados por una presunta falta de hurto, siendo denunciante don Jónathan García Sánchez, denunciadas doña Elena de la Fuente Guerra y doña Mónica Hernández Morán, defendidas ambas por la letrada doña Concepción Martín Velasco (colegiada del ilustre Colegio de Abogados de Madrid número 56.057), actora civil, “Hipercor, Sociedad Anónima”, representada por la letrada doña Silvia María Ureña Ureña (colegiada del ilustre Colegio de Abogados de Madrid número 72.984), y en los que ha sido parte el ministerio fiscal.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Elena de la Fuente Guerra y doña Mónica Hernández Morán, como autoras penalmente responsables de una falta de hurto en grado de tentativa del artículo 623.1, en relación con el artículo 16, ambos del Código Penal, ya descrita, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, para cada una de ellas, de multa de dos meses, con una cuota diaria de 6 euros (300 euros), con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a las costas procesales, en su caso.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Elena de la Fuente Guerra y doña Mónica Hernández Morán, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 18 de febrero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/11.918/11)</texto>
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