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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/04/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Demanda 363 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>89</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 171 
 Demanda 363 de 2010 
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 363 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Catalina Paredes Hernández, contra la empresa “Zenzano i Moyano, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 106 de 2011
  En Madrid, a 8 de marzo de 2011..Vistos por el ilustrísimo señor don Ángel Luis del Olmo Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, los presentes autos números 363, 365 y 366 de 2010-AC, seguidos a instancias de doña Catalina Paredes Hernández, con documento nacional de identidad número 5214162-Q, asistida por la letrada doña Ana Isabel San Martín Fraile; doña Francisca Masía Martínez, con documento nacional de identidad número 1809809-P, asistida por el letrado don Ricardo Callejo García, y doña Rosa María Peinado Mirasierra, con documento nacional de identidad número 1.911.439, representada por el letrado don Ricardo Callejo García, contra la empresa “Zenzano i Moyano, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, quienes no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en reclamación sobre cantidad, en los mismos se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda deducida por doña Catalina Paredes Hernández, doña Francisca Masía Martínez y doña Rosa María Peinado Mirasierra, contra la empresa “Zenzano i Moyano, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Zenzano i Moyano, Sociedad Limitada”, a que abone a las actoras las siguientes cantidades:
  A doña Catalina Paredes Hernández la suma de 3.883,78 euros, más la mora legal.
  A doña Francisca Masía Martínez la suma de 5.063,30 euros, más la mora legal.
  A doña Rosa María Peinado Mirasierra la suma de 5.063,30 euros, más la mora legal.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, de conformidad al artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Zenzano i Moyano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/11.703/11)</texto>
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