<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110412-226</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/04/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Ávila número 1. Procedimiento ordinario 27 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>86</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-04-12-86290320110238</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/12/BOCM-20110412-226.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/12/BOCM-20110412-226.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/12/BOCM-20110412-226.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 226 
 Procedimiento ordinario 27 de 2011 
  Doña María Jesús Martín Chico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1  de Ávila.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos a intancias de don José Herradura Reina, contra “Ibercón Maderas, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, registrados con el número 27 de 2011, en los cuales se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Que estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora don José Herradura Reina, contra la parte demandada la empresa “Ibercón Maderas, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a esta a que abone al primero la cantidad de 6.105,45 euros.
  Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación a “Ibercón Maderas, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Ávila, a 15 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/11.395/11)</texto>
</documento>