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    <fecha_publicacion>2011/04/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 6. Demanda 614 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Demanda 614 de 2010 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6  de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 614 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Virgil Oana Oana, contra la empresa “Grupo Danco Comunicación, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 2 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Virgil Oana Oana, contra “Grupo Danco Comunicación, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha empresa a abonar al expresado actor la cantidad de 13.988,85 euros brutos que le adeuda por los conceptos reclamados en aquella, más el 10 por 100 de dicha cantidad en concepto de interés por la mora en el pago de la misma.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Danco Comunicación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/11.331/11)</texto>
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