<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110329-153</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/03/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 5. Demanda 828 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>74</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-03-29-74250320110277</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/29/BOCM-20110329-153.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/29/BOCM-20110329-153.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/29/BOCM-20110329-153.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 153 
 Demanda 828 de 2010 
  Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 828 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Medina García, contra la empresa “Her Will, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 110 de 2011
  En Madrid, a 23 de febrero de 2011..Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, don Rubén Medina García, asistido por la letrada doña María Ángeles Ramos Rodríguez, y de otra, como demandada “Her Will, Sociedad Anónima”, que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Rubén Medina García, contra “Her Will, Sociedad Anónima”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la actora la suma de 4.581,36 euros, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Her Will, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.083/11)</texto>
</documento>