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    <fecha_publicacion>2011/03/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 73 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>73</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 277 
 Ejecución 73 de 2011 
  Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 73 de 2011 de este Juzgado de lo social seguido a instancias de don Israel Alfonso Hernández Merino, contra la empresa “Pomodoro Pizza Pasta, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  El anterior escrito de don Israel Alfonso Hernández Merino únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta a sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 19 de noviembre de 2010, a la empresa “Pomodoro Pizza Pasta, Sociedad Anónima”, en favor del demandante don Israel Alfonso Hernández Merino y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, número 6, el día 1 de junio de 2011, a las trece horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Se advierte al demandante don Israel Alfonso Hernández Merino de que debe aportar las nóminas percibidas en otra empresa durante el período de devengo de los salarios de tramitación.
  Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Notifíquese a las partes esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pomodoro Pizza Pasta, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 2 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.713/11)</texto>
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