<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110322-295</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/03/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Málaga número 6. Cantidad 560 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
    <pagina_final>15</pagina_final>
    <diario_numero>68</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-03-22-68090320110125</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/22/BOCM-20110322-295.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/22/BOCM-20110322-295.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/22/BOCM-20110322-295.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6 
 EDICTO
 
 295 
 Cantidad 560 de 2009 
  Doña Patricia de la Fuente Bustillo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6  de Málaga.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 560 de 2009, a instancias de la parte actora don Manuel Godoy Nieto, contra “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo reza del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Manuel Godoy Nieto, contra “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, condenando a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 3.774,18 euros, más 377,41 euros por mora.
  Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro, librándose testimonio de la misma para su unión a autos, y notifíquese a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, y de conformidad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo social dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Málaga, a 14 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.838/11)</texto>
</documento>