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    <fecha_publicacion>2011/03/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sección Novena. Recurso 479 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Novena
 EDICTO
 
 103 
 Recurso 479 de 2009 
  Doña Carmen Valbuena Hernández, secretaria de la Sección Novena de lo civil de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Certifico: Que en el rollo de Sala número 479 de 2009, dimanante de los autos de que se hará mérito, se ha dictado por la Sección Novena de lo civil de esta Audiencia Provincial sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice así:
  Sentencia
  Ilustrísimos señores magistrados: don José Luis Durán Berrocal, don Juan Luis Gordillo Álvarez-Valdés y don José María Pereda Laredo..En Madrid, a 7 de febrero de 2011.
  Vistos en grado de apelación, ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de procedimiento ordinario número 1320/2006, procedentes del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo número 479 de 2009, en los que aparecen como partes: de una, como demandante, y hoy apelante “BMW Renting Ibérica, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Navarro Cerrillo Virgilio; de otra, como demandado, y hoy apelado, don Mohamed Kreaa Khaled, representado por el procurador don Jacobo García García, y de otra, como demandados, y hoy apelados, don Mohamed Adnan Khashoggi y “Pack Consultants and Investments España, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, sobre resolución de contrato de alquiler de vehículo. Siendo magistrado ponente el ilustrísimo señor don José Luis Durán Berrocal.
  Fallamos
  Que acogiendo el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de “BMW Renting Ibérica, Sociedad Limitada”, contra la sentencia pronunciada por la ilustrísima señora magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 46 de Madrid, con fecha 7 de marzo de 2008, en los autos de que dimana este rollo, revocamos la expresada resolución y, en su virtud, estimando la demanda formulada por la mencionada apelante contra “Pack Consultants and Investments España Sociedad Limitada”, don Mohamed Kreaa Khaled y don Mohamed Adnan Khashoggi:
  I.  Declaramos resuelto el contrato de alquiler de vehículo sin conductor de 17 de ­febrero de 2004, con condena a los demandados de devolución a la actora del vehículo ­alquilado.
  II.  Condenamos solidariamente a los demandados a satisfacer a la actora la cantidad de 12.269,25 euros. 
  III.  Condenamos solidariamente a los demandados a pagar a la actora los intereses pactados en la condición general 3 del contrato al tipo de 2 por 100 mensual.
  IV.  Imponemos a los demandados las costas de la primera instancia.
  V.  Omitimos expresa declaración en cuanto a las costas causadas en esta alzada con devolución al recurrente del depósito constituido de conformidad con el punto 8 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
  Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Haciéndose saber que contra la misma no cabe recurso alguno, salvo que la parte entienda y justifique que tiene interés casacional por razón de la materia, en cuyo caso podrá interponer el de casación correspondiente, que se preparará ante este Tribunal dentro de los cinco días siguientes a esta notificación.
  Publicación
  Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo. Doy fe..La secretaria de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, Carmen Valbuena Hernández..Rubricado.
  Y para que conste y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que sirva de mitificación de la sentencia transcrita a don Mohamed Adnan Khashoggi y “Pack Consultants and Investments España, Sociedad Limitada”, expido y ­firmo la presente en Madrid, a 16 de febrero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/9.035/11)</texto>
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