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– Orden de 18 de febrero de 2011, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se hace público el levantamiento de actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal de los bienes y derechos afectados con motivo de la ejecución del proyecto “Escape directo en la glorieta situada en la carretera M-501 para acceso a Brunete (M-600)”, en el término municipal de Brunete</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
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  CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS 
 
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 Orden de 18 de febrero de 2011, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se hace público el levantamiento de actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal de los bienes y derechos afectados con motivo de la ejecución del proyecto “Escape directo en la glorieta situada en la carretera M-501 para acceso a Brunete (M-600)”, en el término municipal de Brunete. 
  I.  Con fecha 29 de octubre de 2010 la Consejería de Transportes e Infraestructuras aprobó el proyecto “Escape directo en la glorieta situada en la carretera M-501 para acceso a Brunete (M-600). Clave: 1-SV-479” y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 5/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, la aprobación de los proyectos de carreteras u otras infraestructuras viarias implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición y modificación de servidumbres.
  II.  Con fecha 15 de febrero de 2011, la Subdirección General de Construcción de la Consejería de Transportes e Infraestructuras comunica la modificación del anejo de expropiaciones del proyecto “Escape directo en la glorieta situada en la carretera M-501 para acceso a Brunete (M-600)”, en el sentido de disminuir la superficie afectada de expropiación de una de las parcelas, debido a que en el preceptivo informe de vías pecuarias no se hace referencia a medidas compensatorias.
  III.  En aplicación de los artículos 52 y 108 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, que determinan la necesidad de ocupación y ocupación temporal, se procede a la convocatoria de los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora citados en el Anexo Único comparezcan en el Ayuntamiento de Brunete, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal, con traslado, en su caso, a las fincas afectadas para la toma de datos si fuera necesario.
  Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.
  A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente acreditada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, último recibo del pago del impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, pudiendo hacerse acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de perito y notario.
  IV.  La presente Orden se notificará personalmente al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Brunete y a los interesados y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del citado Ayuntamiento y en dos diarios de gran circulación de esta capital. Dicha publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos, de los que se ignore el lugar de la notificación o el medio que permita tener constancia de su recepción, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, de acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Hasta el día señalado para el levantamiento de actas previas podrán formularse las alegaciones que se consideren oportunas, a los efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Consejería de Transportes e Infraestructuras, Secretaría General Técnica, Área de Actuación Administrativa y Desarrollo Normativo (calle Maudes, número 17, 28003 Madrid).
  Por lo expuesto, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
  DISPONGO
  Primero
  Convocar a los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora señalados comparezcan en el Ayuntamiento de Brunete, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal.
  Segundo
  Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento afectado y en dos diarios de la capital.
  Madrid, a 18 de febrero de 2011..El Consejero de Transportes e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2010, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de agosto de 2010), el Secretario General Técnico, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.
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  (03/8.077/11)</texto>
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