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    <fecha_publicacion>2011/02/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Demanda 1.642 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>47</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 231 
 Demanda 1.642 de 2009 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.642 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohamed Kourrit, contra la empresa “Avipoll Alimentaria, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de citación, en el que se señalan los actos de conciliación y/o juicio para el día 9 de marzo de 2011, a las once horas, cuya parte dispositiva se acompaña.
  Diligencia..En Madrid, a 18 de mayo de 2010.
  La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 26 de noviembre de 2009 ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Mohamed Kourrit, contra “Avipoll Alimentaria, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario, que se incoa en el día de la fecha por necesidades del servicio y circunstancias concurrentes en la plantilla de la oficina. De lo que doy cuenta a su señoría. Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 18 de mayo de 2010.
  Parte dispositiva:
  Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.
  Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación, y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 9 de marzo de 2011, a las once horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a la partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Al primer otrosí digo: se tiene por hecha la manifestación de asistencia letrada.
  Al segundo otrosí digo: ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Avipoll Alimentaria, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.
  Ha lugar a la documental, requiérase a la demandada para que aporte, al acto del juicio, los documentos interesados en el escrito de demanda.
  Ha lugar a la más documental, ofíciese a “Umivale” para que remita expediente del actor.
  Ha lugar a la testifical, cuando se proponga se acordará.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Avipoll Alimentaria, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.621/11)</texto>
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