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    <fecha_publicacion>2011/02/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Ejecución 13 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>45</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 160 
 Ejecución 13 de 2010 
  Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 13 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Lara Fernández y doña Milagros Lara Fernández, contra la empresa “Nuinsa Suministros Industriales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 17 de enero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Se acuerda:
  a)  El embargo del bien inmueble, sito en la calle Real Vieja, número 65, primera planta, del municipio de San Sebastián de los Reyes, en Madrid, propiedad de “Nuinsa Suministros Industriales, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 22.178,94 euros, más 4.435,78 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Pablo Lara Fernández y doña Milagros Lara Fernández, contra “Nuinsa Suministros Industriales, Sociedad Limitada”.
  b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
  c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nuinsa Suministros Industriales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.829/11)</texto>
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