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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 84 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 151 
 Ejecución 84 de 2008 
  En los autos número 84 de 2008, seguidos ante este Juzgado de lo social a instancias de doña Florencia Rosa Barboza Llamocca, contra “3 Edad San Eduardo, Sociedad Limitada”, con fecha 14 de enero de 2011 y por su señoría ilustrísima se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 14 de enero de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 17 de mayo de 2010 tiene entrada el precedente escrito del Fondo de Garantía Salarial, solicitando subrogarse en el crédito que se ejecuta en estos autos, que se une a la presente ejecución previo desarchivo de la misma..Doy fe.
  Decreto
  Secretario judicial, don Bartolomé Ventura Molina..En Madrid, a 14 de enero de 2011.
  Dispongo: Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 4.922,89 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme esta resolución, archívese.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a contar desde su notificación.
  Advertencia: se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda, que puede ser sancionado con multa de 20 a 200 euros si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación a la interesada, y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen (artículo 57 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Y para que sirva de notificación en forma a “3 Edad San Eduardo, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente cédula.
  En Madrid, a 14 de enero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/3.722/11)</texto>
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