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    <fecha_publicacion>2011/02/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Ejecución 234 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>44</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 283 
 Ejecución 234 de 2010 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 234 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Alcántara Carrizosa, contra la empresa “Sal y Canela 66, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la resolución siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación labora que unía a don Rafael Alcántara Carrizosa con la empresa “Sal y Canela 66, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquella las cantidades siguientes:
  Nombre del trabajador: don Rafael Alcántara Carrizosa.
  Indemnización; 1.233,75 euros.
  Salarios: 5.042,52 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Luz Rico Recondo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sal y Canela 66, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.560/11)</texto>
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