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    <fecha_publicacion>2011/02/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Demanda 1.765 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 275 
 Demanda 1.765 de 2009 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.765 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tufan Ozdiler, contra la empresa “Hespen y Suárez, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 23 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 428 de 2010
  En Madrid, a 23 de septiembre de 2010..Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.765 de 2009, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandante, don Tufan Ozdiler, representado por la letrada doña María Eva Piñeiro Cobo; como demandados, la empresa “Hespen y Suárez, Sociedad Limitada”, y administradores concursales don Daniel Gómez de Arriba y don Juan Carlos Bustamante Menéndez, que no comparecen al acto del juicio, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Tufan Ozdiler, contra la empresa “Hespen y Suárez, Sociedad Limitada”, don Daniel Gómez de Arriba y don Juan Carlos Bustamante Menéndez, como administradores concursales, debo declarar y declaro el derecho del demandante a percibir la cantidad de 930,97 euros por el concepto de salario de octubre de 2009, así como la que corresponda en concepto de intereses, de acuerdo con lo dicho en el fundamento de derecho tercero, condenando a los demandados a estar y pasar por esta resolución y la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar al demandante los citados importes.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hespen y Suárez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/2.906/11)</texto>
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