<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110216-219</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/02/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 287 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>39</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-02-16-39280120110198</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/16/BOCM-20110216-219.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/16/BOCM-20110216-219.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/16/BOCM-20110216-219.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 219 
 Ejecución 287 de 2010 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 287 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lucas Domingo Lavaden, contra la empresa “Recobolsa, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones en fecha 11 de enero de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Ana Correchel Calvo..En Madrid, a 11 de enero de 2011.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña María José Ceballos Reinoso..En Madrid, a 11 de enero de 2011.
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, don Lucas Domingo Lavaden, frente a “Recobolsa, Sociedad Anónima”, por un principal de 1.684,13 euros, más 168,41 euros en concepto de intereses y 168,41 euros de costas calculadas provisionalmente.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recobolsa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.042/11)</texto>
</documento>