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    <fecha_publicacion>2011/02/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 5. Juicio de faltas 1.198 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>39</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 112 
 Juicio de faltas 1.198 de 2010 
  Doña María Elena Sánchez Ranz, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 (anterior mixto número 10) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.198 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Alcalá de Henares, a 13 de diciembre de 2010..Vistos por mí, doña Ana María Gallegos Atienza, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 5 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas número 1.198 de 2010 de enjuiciamiento inmediato, incoados por una presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, teniendo la condición de denunciante doña Myriam Rus Márquez, de denunciado don Dumitru Marius Sacuiu y como perjudicada la mercantil “New Yorker Spain, Sociedad Limitada”, dicta la presente resolución que se basa en el siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Dumitru Marius Sacuiu, como autor de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, a razón de 2 euros de cuota diaria. En caso de impago y/o insolvencia, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y con imposición de las costas procesales.
  Una vez firme la presente resolución se acuerda proceder a la destrucción de la pieza de convicción aportada por la comisaría de policía en relación con el atestado policial que dio origen a la presente causa.
  Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación.
  Líbrese una certificación de la presente resolución para unir a las actuaciones, incorporando el original al libro de sentencias de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Dumitru Marius Sacuiu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcalá de Henares, a 17 de enero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/2.959/11)</texto>
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