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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 8</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 8. Juicio de faltas 279 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>33</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 8 
 EDICTO
 
 122 
 Juicio de faltas 279 de 2010 
  Don José Antonio Rincón Mora, secretario del Juzgado de instrucción número 8 de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 279 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 228 de 2010
  Que se pronuncia en nombre de Su Majestad el Rey, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo otorgan..En Torrejón de Ardoz, a 21 de diciembre de 2010.
  Doña María Teresa Rubio Cabrero, magistrada-juez de instrucción del número 8 de esta localidad y su partido judicial, habiendo visto y oído los autos de juicio verbal de faltas número 279 de 2010, seguidos por una presunta falta contra los intereses generales, en los que se ha formulado denuncia contra don George Eduard Espinosa, interviniendo también el ministerio fiscal en representación de la acción pública, y don José Antonio Torrado del Puerto, en calidad de representante legal de su hija menor, María Torrado.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don George Eduard Espinosa, como autor responsable de una falta contra los intereses generales, a la pena de veinte días-multa, a razón de 6 euros de cuota diaria, y a que indemnice a la perjudicada María Torrado Bonet en la cantidad de 500 euros por las lesiones sufridas, indemnización que deberá ser abonada a través de su representante legal, todo ello con expresa imposición de las costas procesales. En caso de impago de la multa cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas.
  Únase la presente sentencia al libro correspondiente, dejando testimonio de ella en el procedimiento de referencia. Entréguese copia de la misma a las partes.
  Así lo pronuncia, manda y firma doña María Teresa Rubio Cabrero, magistrada-juez de instrucción.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don George Eduard Espinosa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 11 de enero de 2011..El secretario (firmado).
  (03/2.258/11)</texto>
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