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    <titulo>Madrid número 81. Procedimiento ordinario 279 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81 
 EDICTO
 
 79 
 Procedimiento ordinario 279 de 2007 
  En los autos seguidos en este Juzgado, procedimiento ordinario número 279 de 2007, seguidos a instancias de la comunidad de propietarios del inmueble de la calle Provisiones, número 20, de Madrid, contra don Gabriel Francisco Díaz Díaz y doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz, se ha dictado sentencia de 1 de octubre de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo estimar íntegramente la demanda promovida por la comunidad de propietarios del inmueble de la calle Provisiones, número 20, de Madrid, contra don Gabriel Francisco Díaz Díaz y doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz, y, en consecuencia, condeno a don Gabriel Francisco Díaz Díaz y doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz a que abonen solidariamente a la parte actora la suma de 11.498,36 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda, incrementado en 2 puntos desde la fecha de la presente resolución y las costas de este procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme, y que contra la cual cabe recurso de apelación a preparar en el plazo de cinco días desde la notificación, ante este Juzgado.
  Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados, don Gabriel Francisco Díaz Díaz y doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 1 de octubre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (02/12.728/10)</texto>
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