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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/02/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Toledo número 2. Demanda 642 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 157 
 Demanda 642 de 2009 
  Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 642 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Hervás García, contra la empresa “Luminosos Ángel y Jesús Cano, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 739 de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando como estimo la demanda formulada por don Enrique Hervás García, contra “Luminosos Ángel y Jesús Cano, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que abone a aquel la cantidad de 8.618,95 euros, incrementada con el 10 por 100 anual en concepto de intereses moratorios.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Luminosos Ángel y Jesús Cano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Toledo, a 29 de diciembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/1.693/11)</texto>
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