<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110202-152</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/02/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 137 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>27</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-02-02-27190120110134</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/02/BOCM-20110202-152.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/02/BOCM-20110202-152.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/02/02/BOCM-20110202-152.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 152 
 Ejecución 137 de 2009 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 137 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Pilar Serna García, contra “Mandrágora Business Grou, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Despachar la ejecución solicitada por doña María del Pilar Serna García, contra “Mandrágora Business Grou, Sociedad Limitada”, por un importe de 5.100 euros de principal, más 1.020 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
  b)  Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al Ayuntamiento, Servicio de Índices del Registro de la Propiedad y Delegación de Hacienda para que proceda a la retención de las cantidades que por cualquier concepto tenga pendiente de devolución la demandada.
  c)  Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.
  d)  Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mandrágora Business Grou, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 7 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.612/11)</texto>
</documento>