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    <identificador>BOCM-20110202-102</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/02/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecucion 187 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>27</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 102 
 Ejecucion 187 de 2010 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 187 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Julio Álvarez Triana, don Pablo Ezequiel González, don Peter Lontoc García, don El Hadji Zalaghi, don Rafael Heredia del Real y don Jesús Ovejo Díaz, contra la empresa “La Incondicional 7667, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 4 de enero de 2011..En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “La Incondicional 7667, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 32.540,44 euros en concepto de principal, más otros 1.952,43 euros y 3.252,04 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación en su parte dispositiva.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Incondicional 7667, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de enero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.708/11)</texto>
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