<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110131-39</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ARANJUEZ</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Aranjuez. Régimen económico. Padrones cobratorios tributos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>25</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-01-31-25280120110044</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/31/BOCM-20110131-39.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/31/BOCM-20110131-39.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/31/BOCM-20110131-39.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARANJUEZ</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 39 
 Padrones cobratorios tributos 
  Por decreto de esta Concejalía de Hacienda, dictado el día 24 de enero de 2011, en uso de las facultades delegadas, han sido aprobados los padrones cobratorios correspondientes a los siguientes tributos:
  .	Tasa por tasa por la prestación del servicio de recogida y traslado a vertedero de residuos sólidos urbanos-locales de actividad, primer semestre de 2011.
  .	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, ejercicio de 2011.
  .	Tasa por la instalación de quioscos en la vía pública, primer semestre de 2011.
  Estos padrones permanecerán expuestos al público en el Departamento de Rentas durante el plazo de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio. Durante este plazo y el de un mes más, contado a partir del día siguiente al último de exposición pública, los interesados podrán presentar, ante la Alcaldía-Presidencia, los recursos y sugerencias que estimen oportunos.
  En el mismo decreto se fijó el plazo comprendido entre los días 16 de febrero y 15 de abril de 2011, ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes a los citados tributos.
  Transcurrido este plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, se iniciará el procedimiento de apremio, devengándose los recargos e intereses previstos en el artículo 161.4 de la Ley General Tributaria.
  Aranjuez, a 24 de enero de 2011..La concejal-delegada de Hacienda, Cristina Moreno Moreno.
  (02/639/11)</texto>
</documento>