<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101230-291</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 7. Demanda 1.392 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>311</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-12-30-311151220100222</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/30/BOCM-20101230-291.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/30/BOCM-20101230-291.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/30/BOCM-20101230-291.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 291 
 Demanda 1.392 de 2009 
  Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.392 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutual Cyclops, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 1”, contra doña Míriam Vivar Muñoz, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Servicios Turísticos Vacstyle, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia de fecha 15 de noviembre de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo la demanda de la actora, “Mutua Midat Cyclops, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y en consecuencia, debo condenar y condeno a “Servicios Turísticos Vacstyle, Sociedad Limitada”, abonar a la actora la cantidad de 1.495,95 euros en concepto de responsable directa en el reintegro del pago efectuado por aquella a doña Míriam Vivar Muñoz, por su accidente laboral, más sus intereses legales. Declaro expresamente la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social en caso de insolvencia de la empresa condenada en el pago de dicha cantidad principal.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Turísticos Vacstyle, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.341/10)</texto>
</documento>