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    <identificador>BOCM-20101230-130</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Supresión tasa centros deportivos y casas de baños</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>311</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Pleno del Ayuntamiento - Secretaría General</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
 130 
 Supresión tasa centros deportivos y casas de baños 
  Acuerdo del Pleno, de 22 de diciembre de 2010, por el que se aprueba la supresión de la Tasa por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños, y la derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la misma.
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 22 de diciembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  “Suprimir la Tasa por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños y derogar la ordenanza fiscal reguladora de la misma. El presente acuerdo, una vez publicado su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrará en vigor el 1 de enero de 2011. No obstante, su eficacia quedará condicionada a la aprobación, publicación y entrada en vigor del acuerdo de establecimiento de los Precios Públicos por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños”.
  Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
  Madrid, a 22 de diciembre de 2010..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (03/48.160/10)</texto>
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