<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101228-213</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLANUEVA DE LA CAÑADA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villanueva de la Cañada. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>18</pagina_inicial>
    <pagina_final>18</pagina_final>
    <diario_numero>309</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-12-28-309231220100204</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/28/BOCM-20101228-213.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/28/BOCM-20101228-213.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/28/BOCM-20101228-213.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 213 
 Modificación ordenanzas fiscales 
  En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme dispone el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público a efectos de reclamaciones los expedientes de modificación de las ordenanzas reguladoras de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa, de la tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo situadas en terreno de uso público local, así como industrial, callejeras y ambulantes y rodajes cinematográficos, y de la tasa por ocupaciones del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública, así como el expediente de aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por tramitación de licencia de apertura y funcionamiento de actividades que fueron inicialmente aprobados por el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2010.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado Real Decreto Legislativo podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las normas que se indican a continuación:
  a)	Plazo de exposición y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General Municipal.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
  En Villanueva de la Cañada, a 22 de diciembre de 2010..El alcalde, Luis M. Partida Brunete.
  (03/48.237/10)</texto>
</documento>