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    <fecha_publicacion>2010/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcorcón. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcorcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 163 
 Modificación ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles 
  Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo de imposición y modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana a regir durante el año 2011, según acuerdo plenario de fecha 25 de octubre de 2010, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 264, de fecha 4 de noviembre de 2010, y no habiéndose presentado dentro del mismo reclamación alguna, dicho acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  Según lo dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley, contra los referidos acuerdos los interesados podrán interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establece la Ley Reguladora de dicha jurisdicción.
  El texto íntegro del acuerdo de modificación y establecimiento citado es el siguiente:
  ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
  Art. 9.
  5.  Bonificaciones: el plazo de disfrute de la bonificación será de cuatro años, prorrogable por otros dos períodos de cuatro años a solicitud, cada uno de ellos, del sujeto pasivo. En todo caso, la bonificación se extinguirá de oficio el año inmediatamente siguiente a aquel que el sujeto pasivo cese en su condición de titular de familia numerosa, dejen de concurrir los requisitos requeridos o no se presenten en el plazo las renovaciones del título de familia numerosa.
  DISPOSICIONES FINALES
  La presente ordenanza comenzará a aplicarse el día 1 de enero de 2011, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
  La modificación de la ordenanza recogida en el presente anuncio de exposición definitiva entrará en vigor el día 1 de enero de 2011, tras su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
  Alcorcón, a 17 de diciembre de 2010..El primer teniente de alcalde, Marcelino García Domínguez.
  (03/48.217/10)</texto>
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