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    <fecha_publicacion>2010/12/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Griñón. Régimen económico. Modificaciones ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>304</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GRIÑÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 97 
 Modificaciones ordenanzas fiscales 
  El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de octubre de 2010, acordó la aprobación provisional de las modificaciones de las siguientes ordenanzas fiscales:
  .	Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas.
  .	Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos.
  .	Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por aprovechamiento especial de dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general.
  Ha transcurrido el plazo para presentación de reclamaciones contra los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2010, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 247, correspondiente al día 15 de octubre de 2010, relativo a la aprobación provisional de las modificaciones de ordenanzas fiscales. Se hace constar que en el citado plazo se presentó una única alegación exclusivamente contra la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas, sin que se haya formulado reclamación alguna contra el resto de las modificaciones o imposiciones acordadas por el Pleno en sesión de fecha 7 de octubre de 2010.
  De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se elevan a definitivos dichos acuerdos de aprobación de modificación de ordenanzas fiscales, excepto la de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas, lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 17.4 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con la publicación del texto íntegro de las ordenanzas fiscales modificadas.
  El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de diciembre de 2010, acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Se hace constar que contra dicho acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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  Lo que se hace público para general conocimiento.
  En Griñón, a 3 de diciembre de 2010..El alcalde-presidente, José Ramón Navarro Blanco.
  (03/46.028/10)</texto>
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