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    <fecha_publicacion>2010/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 74. Procedimiento ordinario 347 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>299</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 74</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 74 
 EDICTO
 
 156 
 Procedimiento ordinario 347 de 2010 
  En el presente procedimiento ordinario número 347 de 2010, seguido a instancias de doña Carla Alejandra Jiménez Valdivieso, frente a don Édgar Antonio Narváez Naveda, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Sentencia número 144
  En Madrid, a 23 de julio de 2010..La ilustrísima señora doña Ana María Ruiz Burgos Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 74 de Madrid, en funciones de sustitución, habiendo visto los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado al número 347 de 2010, a instancias de doña Carla Alejandra Jiménez Valdivieso, representada por la procuradora doña Paloma Rabadán Chaves y asistida de la letrada doña María Ángeles Valles Rodríguez, contra don Édgar Antonio Narváez Naveda, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, en base al siguiente
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Paloma Rabadán Chaves, en nombre y representación de doña Carla Alejandra Jiménez Valdivieso, contra don Édgar Antonio Narváez Naveda, en rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la demandante la suma de 5.679 euros, más intereses legales, con expresa condena en costas al demandado.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Todo el que pretenda interponer recurso contra sentencias o autos que pongan fin al proceso o impidan su continuación consignará como depósito 50 euros si se trata de recurso de apelación en la entidad “Banesto”, al número de cuenta 3251/0000/04/0347/10.
  Y encontrándose dicho demandado don Édgar Antonio Narváez Naveda en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
  Madrid, a 21 de octubre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/44.039/10)</texto>
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