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    <fecha_publicacion>2010/12/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Demanda 1.326 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 101 
 Demanda 1.326 de 2009 
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.326 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Vanesa Olmeda González, doña Nicoleta Tache, doña Claudia Kosztraba y doña Camelia Nicoleta Ratiu, contra la empresa “Happy Press, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 4 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 475 de 2010
  En Madrid, a 4 de noviembre de 2010..Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, doña Vanesa Olmeda González, doña Nicoleta Tache, doña Claudia Kosztraba y doña Camelia Nicoleta Ratiu, que comparecen asistidas por el letrado don Juan Carlos García de Motiloa Corres, y de otra, como demandada, “Happy Press, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimo la demanda formulada por doña Vanesa Olmeda González, doña Claudia Kosztraba, doña Camelia Nicoleta Ratiu y doña Nicoleta Tache, frente a “Happy Press, Sociedad Limitada”, y condeno a dicha demandada a que abone a las actoras las sumas que a continuación se dirán en concepto de parte proporcional de vacaciones 2009:
  A doña Vanesa Olmeda González: 665 euros.
  A doña Claudia Kosztraba: 608 euros.
  A doña Camelia Nicoleta Ratiu: 665 euros.
  A doña Nicoleta Tache: 608 euros.
  Dicha cantidad deberá ser incrementada en un 10 por 100 de interés anual por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Happy Press, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/43.961/10)</texto>
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