<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101201-176</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 144 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>287</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-12-01-287191120100083</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/01/BOCM-20101201-176.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/01/BOCM-20101201-176.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/01/BOCM-20101201-176.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 176 
 Ejecución 144 de 2010 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 144 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Zorita Díaz, contra la empresa “Aluminios Estremera, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 14 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, y desconociéndose bienes concretos, acuerdo: Proceder a la averiguación de los mismos, pudiendo accederse a dicha información a través de la base de datos del Punto Neutro Judicial.
  Librar los despachos pertinentes, a fin de que se remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada; despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes, y se comunique a este Juzgado si, por parte de la Hacienda Pública, se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto de la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendiente de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con el número 2510.
  Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos.
  Notifíquese la presente resolución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de ese Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aluminios Estremera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.898/10)</texto>
</documento>