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    <titulo>Santander número 1. Ejecución 68 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>286</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 270 
 Ejecución 68 de 2010 
  Doña María del Carmen Martínez Sanjurjo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Santander.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 68 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco de Borja Carrera Poncela, contra la empresa “Iber Sales Outsourcing, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto en fecha 11 de agosto de 2010, cuyas partes dispositivas dicen respectiva y literalmente:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a instancias de don Francisco de Borja Carrera, frente a “Iber Sales Outsourcing, Sociedad Limitada”, por el principal reclamado de 600 euros.
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “Iber Sales Outsourcing, Sociedad Limitada”, hasta cubrir el principal reclamado de 600 euros, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Líbrense oficios a las entidades indicadas por lel ejecutante en escrito de ejecución.
  Procédase a trabar embargo sobre los bienes de la deudora consistentes en todos los ingresos y saldos obrantes en las cuentas abiertas a su nombre en las entidades que conste en el Punto Neutro Judicial.
  Y en cuanto al embargo de los vehículos indicados, a efectos de observar la prelación prevista en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con su resultado se acordará.
  Líbrense los oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten la relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia.
  Recábese información de la base de datos informática de la Tesorería General de la Seguridad Social, siempre que sea necesario para el buen fin de la ejecución, así como de la del Instituto Nacional de Estadística.
  Adviértase y requiérase a la ejecutada de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos segundo, ello antes de la firmeza de esta resolución.
  La cantidad reclamada deberá ser ingresada en cualquier oficina del “Banco Español de Crédito”, en la cuenta de este Juzgado abierta con el número 3867000064006810.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Iber Sales Outsourcing, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Santander, a 1 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.655/10)</texto>
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