<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101124-88</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>PARLA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Parla. Urbanismo. Proyecto reparcelación UE-2</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>281</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-11-24-281221120100343</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-88.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-88.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-88.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Parla</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PARLA 
 URBANISMO
 
 88 
 Proyecto reparcelación UE-2 
  La Junta de Gobierno Local, de 11 de junio de 2010, adoptó, entre otros acuerdos, el siguiente:
  Primero..Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución 2 del Plan Parcial del Ámbito 5.
  Segundo..Que por Secretaría General o funcionario autorizado se diligencien los planos y documentos.
  Tercero..Que se publique el acuerdo de aprobación definitiva con los recursos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se notifique a los interesados.
  Lo que se publica a los efectos del artículo 124 del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio.
  Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción del mismo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
  Potestativamente podrá, contra dicho acto, interponer previamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción del mismo (artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas).
  Parla, a 21 de junio de 2010..La concejala-delegada del Área de Presidencia, Urbanismo, Actividades, Nuevas Tecnologías y Desarrollo Local y Comercial, Laura Cillero Perfecto.
  (02/6.934/10)</texto>
</documento>