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    <fecha_publicacion>2010/11/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Guadalix de la Sierra. Régimen económico. Modificaciones ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GUADALIX DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GUADALIX DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 81 
 Modificaciones ordenanzas fiscales 
  Por acuerdo plenario de 28 de octubre de 2010 se aprobaron provisionalmente las modificaciones de las ordenanzas fiscales siguientes:
  .	Impuesto de bienes inmuebles.
  .	Tasa por ocupación de la vía pública con puestos, espectáculos y atracciones sitos en terrenos de la vía pública.
  .	Tasa por prestación de servicios del cementerio-tanatorio municipal.
  Dichas modificaciones se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 111 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
  a)	Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
  c)	Órgano ante quien se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
  En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
  Guadalix de la Sierra, a 10 de octubre de 2010..El alcalde, Ángel Luis García Yuste.
  (03/42.446/10)</texto>
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