<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101124-143</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 123 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>281</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-11-24-281101120100066</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-143.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-143.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-143.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 143 
 Ejecución 123 de 2010 
  Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 123 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gonzalo Julián Cruz Quinde, contra la empresa “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, sobre ordinario se ha dictado decreto de embargo, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Se decreta el embargo de bienes de “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, con domicilio en la avenida Llano Castellano, número 13, 28034 Madrid, librándose para ello testimonio de la presente resolución, con notificación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades 4.957,19 euros de principal, 495,71 euros de intereses y 495,71 euros de costas, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/41.429/10)</texto>
</documento>