<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101124-130</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid. Sección Cuarta. Rollo apelación 339 de 2009-RJ</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>281</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-11-24-281231120100076</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-130.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-130.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/24/BOCM-20101124-130.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Audiencia Provincial:</organismo>
    <organismo>Audiencia Provincial:</organismo>
    <organismo>AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Cuarta
 EDICTO
 
 130 
 Rollo apelación 339 de 2009-RJ 
  Doña Cristina García Aranguena, secretaria de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Hago saber: Que en el rollo de apelación número 339 de 2009, dimanante de juicio de faltas número 1.442 de 2008 del Juzgado de instrucción número 10 de Madrid, se ha dictado en segunda instancia la resolución del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimar parcialmente el recurso de apelación formulado por el letrado don Domingo Javier Martín Sánchez, en su calidad de abogado de don José Luis Pérez Rodríguez, contra la sentencia de fecha 9 de febrero de 2009 dictada por el Juzgado de instrucción número 10 de Madrid, en el juicio de faltas número 1.442 de 2008, resolución que se revoca parcialmente, en el sentido de sustituir la indemnización fijada en dicha resolución a favor de doña María Lourdes Barros Bermeo por la cantidad de 450 euros, confirmando la resolución recurrida en sus restantes pronunciamientos, con desestimación del recurso en los demás extremos. Se declaran de oficio las costas de esta alzada.
  Y para que conste y sirva de notificación en forma a doña María Lourdes Barros Bermeo, a quien no ha sido posible notificar dicha resolución, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 25 de octubre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/42.259/10)</texto>
</documento>