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    <fecha_publicacion>2010/11/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Brea de Tajo. Régimen económico. Ordenanza gestión residuos construcción y demolición</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>265</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Brea del Tajo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BREA DE TAJO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Ordenanza gestión residuos construcción y demolición 
  El Pleno municipal, en sesión de 14 de octubre de 2010, acordó por mayoría absoluta crear la ordenanza reguladora de la gestión de residuos de construcción y demolición.
  En la Secretaría municipal se halla expuesto al público el acuerdo de la creación de la ordenanza indicada anteriormente.
  Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 151.1 de la Ley 39/1988 y por motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 151, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro Central.
  c)	Órgano ante el que se reclama: el Pleno del Ayuntamiento.
  Brea de Tajo, a 15 de octubre de 2010..El alcalde, Rafael Barcala Gómez.
  (03/40.241/10)</texto>
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