<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101029-126</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/10/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Colmenar Viejo número 2. Procedimiento ordinario 618 de 2004</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>259</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-10-29211020100215</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/29/BOCM-20101029-126.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/29/BOCM-20101029-126.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/29/BOCM-20101029-126.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 126 
 Procedimiento ordinario 618 de 2004 
  En el procedimiento ordinario número 618 de 2004, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 82 de 2010
  En Colmenar Viejo, a 17 de mayo de 2010..Vistos por la señora doña Gabriela Pallín Ibáñez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia a instrucción número 2 de Colmenar Viejo y su partido, los presentes autos de juicio ordinario registrados al número 618 de 2004, a instancias de la procuradora doña María de la Paloma Sánchez Oliva, en nombre y representación de don Manuel García Concejero, contra don Francisco José Benítez Pastor, doña María del Pilar Calle Valverde y don Celestino Matías Hernanz.
  Fallo
  Que desestimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña María de la Paloma Sánchez Oliva, en nombre y representación de don Manuel García Concejero, contra don Francisco José Benítez Pastor, doña María del Pilar Calle Valverde y don Celestino Matías Hernanz, con expresa condena en constas a la parte actora.
  De la presente sentencia dedúzcase testimonio literal par su incorporación a los autos e inclúyase en el libro de sentencia según el artículo 213 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación y a tramitar conforme a los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Colmenar Viejo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Interra, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Colmenar Viejo, a 13 de julio de 2010..El secretario (firmado).
  (02/10.165/10)</texto>
</documento>