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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/10/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Granada número 4. Procedimiento 1.052 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 221 
 Procedimiento 1.052 de 2010 
  La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Granada.
  Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 1.052 de 2009, sobre social ordinario, a instancias de doña Cynthia Arias Retamero, contra Fondo de Garantía Salarial, AENA, “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, y “Manpowerr Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, en la que con fecha 14 de septiembre de 2010 se ha dictado diligencia que sustancialmente dice lo siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria, doña María Dolores Hernández Burgos..En Granada, a 14 de septiembre de 2010.
  Para propiciar el posible disfrute de parte del período vacacional aún pendiente del magistrado-juez titular de este Juzgado, se acuerda la suspensión del acto de juicio que venía señalado para el día 4 de noviembre de 2010, anticipándolo para las nueve cuarenta y cinco horas del día 27 de octubre de 2010.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la presente de citación en forma con las mismas advertencias y requerimientos efectuados en el auto de admisión de demanda.
  Para recurrir en revisión las resoluciones dictadas por la secretaria judicial deberá previamente acreditarse consignación de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso, de conformidad en lo establecido en el artículo quinto de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
  Lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación en forma a “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Granada”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.
  En Granada..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.464/10)</texto>
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