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    <fecha_publicacion>2010/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 1.760 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>252</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 249 
 Demanda 1.760 de 2009 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.760 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Santamaría Martín, don Ángel Esteban Martínez Galiano, don José Manuel Casillas Carrasco, don Ismael García Díaz, don Amalio Bayona Muñoz, don Ginés Collado Medina, don Francisco Palacios Maroto, doña Yolanda Sáez González y don Arsenio Fernández Luque, contra la empresa “Mueble Exclusivo Ándico, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda interpuesta por don Antonio Santamaría Martín, don Ángel Esteban Martínez Galiano, don José Manuel Casillas Carrasco, don Ismael García Díaz, don Amalio Bayona Muñoz, don Ginés Collado Medina, don Francisco Palacios Maroto, doña Yolanda Sáez González y don Arsenio Fernández Luque, contra la empresa “Mueble Exclusivo Ándico, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las cantidades que para cada uno de ellos se relaciona, por los conceptos y períodos indicados:
  A don Antonio Santamaría Martín: 149,35 euros.
  A doña Yolanda Sáez González: 660,03 euros.
  A don Ismael García Díaz: 696,56 euros.
  A don Arsenio Fernández Luque: 942,87 euros.
  A don Amalio Bayona Muñoz: 924,87 euros.
  A don Ginés Collado Medina: 954,27 euros.
  A don Ángel Esteban Martínez Galiano: 760,43 euros.
  A don Francisco Palacios Maroto: 967,13 euros.
  A don José Manuel Casillas Carrasco: 918,74 euros.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mueble Exclusivo Ándico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 23 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/37.117/10)</texto>
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