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    <identificador>BOCM-20101021-10</identificador>
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    <titulo>Concesión subvenciones
– Resolución de 1 de octubre de 2010, de la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2010, para la adaptación de vehículos de transporte público de más de nueve plazas a su uso por personas con movilidad reducida</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>252</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS 
 
 10 
 RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2010, de la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2010, para la adaptación de vehículos de transporte público de más de nueve plazas a su uso por personas con movilidad reducida. 
  Mediante Orden de 5 de abril de 2010 de la Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de mayo de 2010) se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2010, para la adaptación de vehículos de transporte público de más de nueve plazas a su uso por personas con movilidad reducida.
  Una vez estudiadas las solicitudes presentadas, habiendo requerido la documentación complementaria necesaria para la evaluación de las mismas y comprobada la situación de los solicitantes en relación con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se reunió la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras, a fin de valorar las solicitudes y formular la pertinente propuesta de resolución. No resultó necesario fijar un orden de prelación entre los solicitantes, dado que el crédito consignado en la convocatoria es suficiente para atender todas las solicitudes que reúnen los requisitos exigidos.
  A la vista de la propuesta de la comisión de evaluación y de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 38/2003, General de Subvenciones; la citada Orden de 4 de junio de 2009, y demás normas concordantes,
  HE RESUELTO
  Primero
  Otorgar subvención a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I.
  Segundo
  Denegar las subvenciones que se relacionan en el Anexo II por no justificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, según se detalla en dicho Anexo.
  Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Transportes e Infraestructuras en el plazo de un mes desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
  Madrid, a 1 de octubre de 2010..El Consejero de Transportes e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2010), el Director General de Transportes, Ángel Yuste Castillejo.
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  CAUSAS DE DENEGACIÓN
  1.  No presenta declaración relativa al cumplimiento de los criterios para ser considerada microempresa o pequeña o mediana empresa (Anexo VI de las bases reguladoras).
  2.  Ha obtenido otras ayudas públicas para los mismos gastos subvencionables.
  3.  La adaptación no se ha realizado en el período establecido por las bases reguladoras.
  (03/39.002/10)</texto>
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