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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>DAGANZO DE ARRIBA</departamento>
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    <titulo>– Daganzo. Otros anuncios. Notificación expedientes sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>243</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Daganzo de Arriba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE DAGANZO 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Notificación expedientes sancionadores 
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de Daganzo, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
  Los correspondientes expedientes obran en el departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Daganzo, ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Inmobiliaria FEM: propuesta de Resolución del ES 347/2010 con multa de 30.001 euros, por infracción al artículo 204.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Don César Sánchez Medrano: propuesta de Resolución del ES 351/2010 con multa de 90 euros, por infracción al artículo 16 de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tenencia y Protección de Animales.
  En Daganzo, a 17 de septiembre de 2010..El alcalde, don Nicolás Pinedo Rozalén.
  (02/9.456/10)</texto>
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