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    <identificador>BOCM-20101011-13</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Sanidad</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/10/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Corrección de error material de resolución de la Resolución de 1 de septiembre de 2010, del Gerente, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución de 20 de julio de 2010, por la que se acuerda el inicio de expediente de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a doña Begoña García Romero</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>243</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE SANIDAD 
 HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO “GREGORIO MARAÑÓN”
 
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 CORRECCIÓN de error material de resolución de la Resolución de 1 de septiembre de 2010, del Gerente, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución de 20 de julio de 2010, por la que se acuerda el inicio de expediente de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a doña Begoña García Romero. 
  Por medio de la Resolución de 1 de septiembre de 2010 se acordó, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación como Anexo de la Resolución de 20 de julio de 2010 que declara el inicio del expediente de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a doña Begoña García Romero. En la misma se ha detectado un error material.
  En virtud de los dispuesto en el artículo 105.2 de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la subsanación del citado Anexo, de forma que:
  Donde dice: “visto que dicha empleada percibió en la nómina de junio de 2010 la cantidad de 654,77 euros, cuando debía percibir 411,54 euros, y una vez realizada la correspondiente liquidación, ha quedado pendiente la cantidad de 132,46 euros”; debe decir: “visto que dicha empleada percibió en la nómina de junio de 2010 la cantidad de 654,77 euros, cuando no debía percibir cantidad alguna. En consecuencia, se ha producido un pago indebido de 654,77 euros”.
  Madrid, a 27 de septiembre de 2010..El Gerente del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, Antonio Barba Ruiz de Gauna.
  (03/37.415/10)</texto>
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