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    <fecha_publicacion>2010/09/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcorcón. Régimen económico. Modificación ordenanzas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcorcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 57 
 Modificación ordenanzas 
  En el Departamento de Rentas de este Ayuntamiento, y a efectos de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hallan expuestos los acuerdos provisionales, y sus respectivos expedientes administrativos, de modificación de las ordenanzas a continuación indicadas a regir durante el año 2011, aprobadas por el ­Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 13 de septiembre de 2010:
  1.  Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas.
  2.  Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de vehículos de tracción mecánica.
  3.  Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los ­terrenos de naturaleza urbana.
  4.  Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
  5.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencia de actividades e instalaciones.
  6.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios en el cementerio municipal.
  7.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida y retirada de vehículos en la vía pública.
  8.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.
  9.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local.
  10.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de desatrancos, limpiezas especiales y otros servicios generales.
  11.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios en el centro municipal de recogida de animales.
  12.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de alcantarillado.
  13.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de extinción de incendios.
  14.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por administración de documentos.
  15.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por enseñanzas especiales.
  16.  Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de los ingresos propios de derecho público del Ayuntamiento.
  17.  Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
  18.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales de los espacios del centro de empresas y del centro de formación.
  19.  Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas y apro­vechamiento especial de las instalaciones deportivas del Patronato Deportivo Municipal.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado Real Decreto Legislativo podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
  a)	Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón (plaza de España, número 1).
  c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
  Alcorcón, a 23 de septiembre de 2010..El primer teniente de alcalde, Marcelino ­García Domínguez.
  (03/36.284/10)</texto>
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