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    <fecha_publicacion>2010/09/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 724 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>228</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 108 
 Demanda 724 de 2010 
  Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 Bis de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 724 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Miguel Martín Muñoz, don Luis Martín Yánguez y don Juan Manuel Núñez Martín, contra la empresa “Industrias Deportivas Muñoz, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Acta
  En Móstoles, a 2 de septiembre de 2010..Ante la ilustrísima magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 1, doña Sonia López Ramallo, y con mi asistencia, la secretaria judicial, doña María Isabel García Valero, comparecen: como demandantes, don Luis Miguel Martín Muñoz, con documento nacional de identidad número 49022237-Z; don Luis Martín Yánguez, con documento nacional de identidad número 51329707-D, y don Juan Manuel Núñez Martín, con documento nacional de identidad número 9455988-K, todos ellos asistidos por letrada del ilustre Colegio de Abogados de Madrid número 69.597, doña Lidia Mora Martínez, y como demandados, “Industrias Deportivas Muñoz, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen.
  Su señoría ilustrísima, a la vista de la falta de citación en legal forma de la empresa demandada, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio señalados y se señalan nuevamente para el día 5 de octubre de 2010, a las trece cuarenta y cinco horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.
  Asimismo, se acuerda emplazar al Fondo de Garantía Salarial y notificar a la demandada por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y volver a notificar por correo certificado la empresa demandada.
  Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, termina esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después de su señoría ilustrísima, de lo que yo, la secretaria, doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Industrias Deportivas Muñoz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 2 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.390/10)</texto>
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