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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 219 de 2008</titulo>
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JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
101Ejecución 219 de 2008
Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 219 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcos José Balarezo Chacha, contra la empresa “Obras Pareja Gómez, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto
Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 20 de julio de 2010.
Parte dispositiva:
Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses por importe de 813,68 euros a cuyo pago resulta condenada “Obras Pareja Gómez, Sociedad Limitada”.
Constando en autos el importe de 299,55 euros, transfiérase a la cuenta bancaria del ejecutante disposición de la parte ejecutada don Marcos José Balarezo Chacha dicho importe, una vez sea firme este decreto.
Requiérase a la parte ejecutada a fin de que en el plazo de cinco días ingrese en la cuenta de consignaciones de este Juzgado 514,13 euros, los cuales faltan para el importe total de la liquidación de intereses.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, número 0030, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obras Pareja Gómez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 28 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
(03/32.135/10)</texto>
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